Fallo de la justicia: empresa de cruceros deberá indicar que Malvinas son argentinas

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N°27 de la CABA, a cargo del juez Guillermo Patricio Canepa, hizo lugar a una acción judicial y le ordenó a una empresa turística que promociona viajes en crucero, en los cuales se anuncia el territorio de las Islas Malvinas como perteneciente al Reino Unido, a que rectifique dichas publicaciones e indique “como país de destino de viaje la República Argentina, omitiendo cualquier referencia al Reino Unido”. 

El caso surgió a raíz de una acción por publicidad ilícita (prevista en el Código Procesal para las Relaciones de Consumo en la CABA), promovida por los abogados Facundo J. Roitman y Melisa E. Guevara contra Cruiseline S.R.L. Pidieron que se  le ordene el cese de las publicidades en las que promociona viajes en crucero en los cuales se anuncia el territorio de las Islas Malvinas como perteneciente al Reino Unido. 

En consecuencia, solicitaron la baja preventiva de la publicidad y  la publicación de anuncios rectificatorios en las mismas condiciones en que fue realizada la oferta, como así también la publicación de la sentencia condenatoria en los sitios de internet, cuentas de redes sociales de la demandada y digitalmente en los diarios de circulación local y nacional. También, pidieron la remisión de una copia de la sentencia condenatoria a cada consumidor que haya contratado o contrate en el futuro el crucero.

Los letrados sostuvieron que las publicidades representan mensajes perjudiciales que lesionan a todos los argentinos y deshonran a quienes lucharon por la soberanía de las Islas, y que, asimismo, emiten información errónea, lesiva de los consumidores y consumidoras. 

Con relación a las publicaciones cuestionadas, manifestaron que “infringen la normativa consumeril al incluir leyendas que llevan a los consumidores a un error sobre la situación fáctica y jurídica: además de inducir que el destino es el Reino Unido – confunde la soberanía sobre las Islas, las cuales pertenecen a la Argentina, país que mantiene su reclamo inclaudicable sobre el territorio”.

El magistrado consideró que las manifestaciones expresadas por la empresa demandada referidas a que en su carácter de intermediaria no decide sobre el contenido del mensaje, “no podrán tener favorable acogida, en virtud de que interviene en forma directa a través de sus sitios web, en la cadena de comercialización de los viajes en crucero”.